Decreto extiende precios tope para medicamentos usados en enfermedades crónicas

El Gobierno Nacional oficializó la continuidad del control de precios en medicamentos mediante el Decreto Ejecutivo N.º 7 de 2026, que mantiene los precios de referencia tope para 51 fármacos esenciales utilizados principalmente en el tratamiento de enfermedades crónicas como diabetes, hipertensión y afecciones cardiovasculares.

La medida establece que la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia será la encargada de supervisar el cumplimiento del decreto en todas las farmacias del país, con el objetivo de garantizar que los precios se mantengan dentro de los límites establecidos.

De acuerdo con lo dispuesto, la regulación entró en vigencia el 17 de abril de 2026, reforzando las acciones orientadas a facilitar el acceso a medicamentos para la población, especialmente para quienes requieren tratamientos continuos.

Las autoridades aclararon que el precio de referencia tope aplica únicamente a medicamentos innovadores, es decir, aquellos que corresponden a productos originales desarrollados por laboratorios, y no a sus versiones genéricas. Además, la lista contempla presentaciones específicas de marcas determinadas.

En ese sentido, la normativa vigente, sustentada en la Ley 419 de 2024, establece la obligación tanto de farmacias como de médicos de informar a los pacientes sobre la disponibilidad de medicamentos genéricos bioequivalentes, promoviendo así opciones más accesibles dentro del sistema de salud.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *