El Ministerio de Ambiente (MiAMBIENTE) ordenó la suspensión de las operaciones del quemador de desechos internacionales ubicado en las proximidades de la Terminal 2 del Aeropuerto Internacional de Tocumen, por contaminación del ambiente.
Esta decisión se tomó tras una inspección técnica conjunta realizada por MiAMBIENTE y el Ministerio de Salud. Durante la inspección, se detectó que la operación del quemador era a todas luces insalubre e ilegal, pues violaba las normas ambientales más básicas y además era un peligro latente para la salud humana.
MiAMBIENTE, aplicando estrictamente la ley y haciendo cumplir el principio precautorio de protección a las personas y al ambiente, determinó que el quemador no cumple con la Ley No. 41 de 1 de julio de 1998, Ley General del Ambiente, que según el artículo 101, toda persona natural o jurídica está obligada a prevenir el daño y controlar la contaminación ambiental.
Además, el artículo 102 establece que la contaminación producida en contravención a los límites permisibles, o a las normas, procesos y mecanismos de prevención, control, seguimiento, evaluación, mitigación y restauración, acarrea responsabilidad civil, administrativa o penal.
Este quemador fue inicialmente instalado de manera provisional por un periodo de seis meses en el año 2022, tras la confirmación de la Peste Porcina Africana en cerdos domésticos. Su objetivo era supuestamente manejar los desechos internacionales generados por el Aeropuerto Internacional de Tocumen, ante la falta de un incinerador operativo en dichas instalaciones, para fortalecer la barrera de contención frente al inminente riesgo de contagio por esta peste.
Sin embargo, ha mantenido sus operaciones sin cumplir las mínimas medidas adecuadas de bioseguridad ambiental.