De enero a septiembre, la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco), recibió 106 quejas de diferentes consumidores alegando vicios ocultos, por una cuantía total de $2,773.948.89.
De acuerdo con el informe de la entidad, según el Tablero de Quejas de los casos presentados por vicios ocultos, 94 fueron contra distintas empresas inmobiliarias por una suma total de $2,589.950.63. Las otras quejas fueron contra agencias de autos nuevos, cinco por $154,183.00; cuatro por electrodomésticos o equipos electrónicos ($6,685.26); dos agencias de autos usados ($21,830.00) y una por venta de repuesto para autos, por $1,300.00.
La Ley 45 de 31 de octubre de 2007, en su artículo 48, establece que cuando los bienes presenten defectos o vicios ocultos que hagan imposible el uso para el que son destinados, o que disminuyan de tal modo su calidad o la posibilidad de su uso, y que de haberlos conocido el consumidor no los hubiera adquirido o hubiera dado un precio menor por ellos, el proveedor estará obligado a recibirlos y a devolver las sumas pagadas por el consumidor, según lo establece el Código de Comercio; pudiendo el consumidor afectado optar también por recibir una rebaja en el precio, sin derecho a reclamo posterior.
En estos casos, los consumidores acuden a interponer la queja contra el proveedor que vendió el bien. La inconformidad se da luego de advertir, en reiteradas ocasiones, de problemas que se registran después de la compra, y que al final impiden al consumidor el uso normal y adecuado del bien comprado.
Cabe destacar que, de encontrarse indicios de la existencia de un vicio oculto en el bien comprado por el consumidor, el mismo tendrá derecho a recibir la devolución del dinero pagado por el artículo adquirido del proveedor, entregando a su vez dicho producto al agente económico.