Con el fin de reforzar la protección a los usuarios del sistema bancario, la Superintendencia de Bancos de Panamá (SBP) actualizó importantes disposiciones de la Ley Bancaria a través del Acuerdo 5-2025, aprobado el 15 de julio por su Junta Directiva.
Esta actualización responde al aumento sostenido en los precios de productos y servicios bancarios desde 2008, año en que se creó el Sistema de Atención de Reclamos. En ese periodo, el índice de precios al consumidor ha subido un 35%, reduciendo el valor práctico de los límites económicos establecidos originalmente en la Ley.
Con el nuevo acuerdo, se amplía la definición de “consumidor bancario”, permitiendo que más personas puedan acogerse a las protecciones legales. Entre los principales cambios se destacan los nuevos montos máximos por transacción o cuenta para ser considerado consumidor bancario:
- Préstamos personales o familiares: hasta $68,000.00
- Préstamos para vivienda principal: hasta $169,000.00
- Depósitos a la vista: hasta $27,000.00
- Depósitos de ahorro o a plazo fijo: hasta $68,000.00
Además, se incrementó el límite económico para que la SBP pueda conocer y resolver reclamos presentados por los usuarios, según lo dispuesto en el artículo 208 de la Ley Bancaria.
Estas modificaciones permiten que un mayor número de clientes bancarios pueda acceder a mecanismos de reclamo más ágiles y efectivos, en caso de tener conflictos con entidades financieras.
Con este ajuste, la SBP reafirma su compromiso de promover un sistema bancario transparente, justo y acorde con la realidad económica del país.