Los bancos no podrán cobrar a sus clientes determinadas comisiones por retiros y depósitos de efectivo, pagos presenciales y algunos trámites relacionados con cuentas y préstamos, de acuerdo con las nuevas reglas aprobadas por la Superintendencia de Bancos de Panamá (SBP).
El Acuerdo No. 7-2026, aprobado el 25 de agosto de 2026, modifica los artículos 4 y 5 del Acuerdo No. 4-2011 y establece cambios tanto para operaciones pasivas como activas. Entre las nuevas disposiciones se encuentra la prohibición de cobrar comisiones por retiros y depósitos de efectivo realizados presencialmente en cuentas de ahorro o corriente, excepto cuando se trate de manejo de efectivo en altos volúmenes.
La normativa también elimina cargos relacionados con la designación o cambio de beneficiarios en cuentas de ahorro, corriente o plazo fijo, así como por la emisión de la confirmación del mensaje. Estas disposiciones buscan limitar cobros asociados a trámites y servicios bancarios realizados por los propios clientes.
En el caso de los créditos, el acuerdo amplía las disposiciones sobre cancelación anticipada, pagos extraordinarios y migración de préstamos. Además, los bancos no podrán cobrar por la emisión y entrega de cartas de saldo, cartas de referencia bancaria e historiales de pago solicitados por el cliente una vez al año, ni aplicar cargos por pagos realizados presencialmente en las entidades.
El acuerdo incorpora además reglas relacionadas con las pólizas de seguros vinculadas a operaciones crediticias y establece que los pagos extraordinarios deberán aplicarse al capital insoluto de los préstamos cuando el cliente se encuentre al día en sus obligaciones. También mantiene el acceso de los clientes a información sobre créditos morosos mediante los canales de banca electrónica.
Las nuevas disposiciones entrarán en vigor el 4 de enero de 2027 y forman parte de las medidas de la SBP orientadas a fortalecer la transparencia en las operaciones bancarias. Con estos cambios, el regulador busca establecer condiciones más claras sobre los cargos que pueden aplicar las entidades financieras y reforzar el equilibrio en la relación entre bancos y consumidores.

