Martes de Carnaval: trabajadores tienen derecho a pago extra y día libre compensatorio

Trabajar el martes de Carnaval no es igual que cualquier otro día. Por eso, el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral recordó que quienes deban laborar el 17 de febrero, fecha considerada de descanso obligatorio, tienen derecho a un pago extraordinario, tal como lo establece el Código de Trabajo.

De acuerdo con la normativa vigente, si de manera excepcional un trabajador debe prestar servicios durante el martes de Carnaval, el empleador está obligado a pagar el salario correspondiente a la jornada ordinaria más un recargo del 150%, además de otorgar un día de descanso compensatorio dentro de la misma semana.

El Mitradel explicó que, en los casos en que el día de descanso semanal del trabajador coincida con el martes de Carnaval, el empleador deberá conceder un día adicional de descanso, a fin de garantizar el cumplimiento de los derechos laborales establecidos por la ley.

La entidad subrayó que estas disposiciones aplican tanto para el sector público como para el privado, y buscan proteger el ingreso de los trabajadores que, por necesidades del servicio, deben cumplir funciones durante los días festivos oficiales.

Finalmente, el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral reiteró su compromiso de velar por el respeto a la legislación laboral e informó que los ciudadanos pueden consultar el ABC Laboral, disponible las 24 horas, a través de su sitio web oficial, como una herramienta de orientación sobre derechos y obligaciones en el ámbito del trabajo en Panamá.

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