Corte Suprema de Justicia declara inconstitucional la ley 406 del 20 de octubre de 2023

La demanda de inconstitucionalidad presentada contra la Ley 406 de 20 de octubre de 2023, que aprueba el contrato de concesión minera celebrado entre el Estado panameño y la Sociedad Minera Panamá S.A., es inconstitucional, así lo dio a conocer el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, a través de un fallo unánime.

El fallo emitido por el máximo tribunal de justicia, tuvo como ponente a la magistrada María Eugenia López Arias y contó con el aval de los magistrados Olmedo Arrocha Osorio (vicepresidente), Carlos Alberto Vásquez Reyes (presidente de la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral), Angela Russo de Cedeño, Miriam Yadira Cheng Rosas, Maribel Cornejo Batista, Ariadne Maribel García Angulo, Cecilio Antonio Cedalise Riquelme y María Cristina Chen Stanziola. 

Desde el viernes 24 de noviembre a las 10:00 a.m., la magistrada presidenta de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), María Eugenia López Arias declaró abierta la sesión permanente del Pleno que inició con el análisis, debate y discusión de las demandas de inconstitucionalidad contra la Ley 406 de 20 de octubre de 2023, que adopta el contrato entre el Estado panameño y la empresa Minera Panamá, S.A. 

Durante la sesión permanente, al Pleno de la CSJ le correspondió analizar los 126 escritos de argumentos que fueron presentados por los demandantes y demás personas interesadas, en la Secretaría General de la CSJ, durante el término de ley establecido para ello. 

En tanto, la Cámara de Comercio, Industrias y Agricultura de Panamá (CCIAP) considera que la Corte Suprema de Justicia ha actuado en tiempo oportuno, al emitir un fallo sobre la inconstitucionalidad de la Ley 406, sopesando el bienestar nacional acorde a la situación por la que atraviesa el país.

“Los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia han respetado los tiempos procesales y han tomado en cuenta la necesidad de actuar de forma inmediata, conforme a derecho, tomando en cuenta el clamor de la población” señaló Adolfo Fábrega, presidente del gremio. “Hacemos un llamado a aceptar este fallo ya que representa la posición de nuestro máximo Órgano de Justicia y en ese sentido prepararnos de manera consensuada y técnica para los pasos a seguir respecto a la operación de la mina, lo que incluye un cierre ordenado de la misma, porque una gran mayoría de la población panameña ha reclamado que Panamá sea un país sin minería metálica a cielo abierto”.

La CCIAP estima necesario se lleve adelante un proceso de facilitación donde se aborden las implicaciones ambientales, jurídicas y económicas de la operación y cierre del proyecto minero y que el mismo se realice dentro de un proceso ordenado, desarrollado y fiscalizado por un Comité Técnico Multisectorial que cuente con la legalidad correspondiente y sea de carácter vinculante.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *